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01/09/2020
IMPORTANTE: Sobre los neumáticos usados
Se han producido cambios en la legislación sobre la gestión de neumáticos usados. Los principales cambios son:

Se incluye en el ámbito de aplicación de la citada norma reguladora de la gestión de los neumáticos fuera de uso, a los neumáticos cuyo diámetro exterior sea superior a los mil cuatrocientos milímetros (a partir del 2 de enero de 2021) Los CAT (desguaces), en cuanto a los neumáticos, quedan sometidos a la responsabilidad ampliada del productor del vehículo fijada en el Real Decreto de vehículos al final de su vida útil. Los CAT garantizarán que todos los neumáticos fuera de uso derivados de los neumáticos que preparan para su reutilización y ponen de nuevo en el mercado, se gestionan por un gestor autorizado. Los CAT deberán cumplir las obligaciones establecidas en este artículo en relación con los neumáticos fuera de uso derivados de los neumáticos preparados para su reutilización, que son montados fuera del centro y para los cuales no se disponga de justificación sobre su correcta gestión, en los términos previstos en los artículos 7.5 y 11.1 del Real Decreto 20/2017, de 20 de enero, sobre vehículos al final de su vida útil. Los CAT deberán también recopilar la información relativa exclusivamente a aquellos neumáticos que habiendo sido preparados para su reutilización en los propios CAT y comercializados como neumáticos de segunda mano, son montados fuera de los centros y para los cuales no se disponga de justificación sobre su correcta gestión. Se amplía la consideración de productor de neumáticos: a los operadores que fabrican en España neumáticos recauchutados sobre carcasas importadas; a los que realizan adquisiciones intracomunitarias o importaciones de terceros países de neumáticos recauchutados o de neumáticos segunda mano. Se clarifica el alcance de la obligación de recogida del productor de neumático, especificando que dicha obligación hace referencia a la gestión, tantas veces como resulte necesario, de los neumáticos fuera de uso generados por los neumáticos que haya puesto en el mercado nacional de reposición. Se incorporan las definiciones de «neumático de segunda mano» y de «neumático recauchutado». Se hace referencia en esta norma a la regulación del procedimiento de recogida de neumáticos fuera de uso, en dichos puntos limpios. Se crea la sección de productores de neumáticos en el Registro de Productores de Productos, definiendo igualmente las condiciones para la inscripción de los productores y sus obligaciones de información. Los productores se deben inscribir antes del 2 de abril de 2021 con la información del anexo II (así es igualmente para los CATs para los neumáticos que comercialicen de 2ª mano y no dispongan de justificación de su correcta gestión) Enlace al nuevo RD de neumáticos fuera de uso: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2020-9336

Enlace al RD antiguo: https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2006-41

Enlace al RD de vehículos al final de su vida útil: https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2017-656


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